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    Home»Destacado»No será delito tener droga para consumo personal
    Destacado

    No será delito tener droga para consumo personal

    03/04/2012
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    Aníbal Fernández, ex Jefe de Gabinete y actual Senador Nacional presentó un proyecto de nueva ley de estupefacientes que, entre sus principales disposiciones, establece la despenalización de la tenencia para consumo personal de cualquier tipo de drogas. En el caso de la marihuana, la eliminación de la persecución judicial alcanza también a los que la cultiven, siempre y cuando demuestren que es para uso privado.

    El proyecto, que tiene luz verde de la Casa Rosada, tiene 37 artículos resolutivos, deroga la ley vigente de estupefacientes y, además, agrava la pena para los cabecillas de organizaciones dedicadas al narcotráfico (equipara la escala penal con el homicidio simple), reglamenta la figura del agente encubierto y modifica el Código Aduanero para penalizar el contrabando de materia prima y de precursores químicos utilizados en la elaboración de estupefacientes.

    Fernández admitió que la despenalización alcanza a todo tipo de drogas y no sólo a la marihuana, como lo ha establecido la Corte Suprema en varios fallos. «El proyecto no habla de ninguna droga en particular», dijo el senador.

    El texto tampoco especifica el límite de cantidad sobre el cual se considerará la tenencia de drogas de consumo personal. «Eso queda a discreción del juez», afirmó.

    La iniciativa promete generar polémica. No obstante, el senador se preocupó por destacar que se trataba de una de sus promesas de campaña y que es el resultado de su paso como ministro de Justicia y del Interior durante las dos primeras administraciones kirchneristas.

    Fernández aseguró que hay «un cambio de paradigma» a nivel mundial en el combate al narcotráfico. «Fracasaron las políticas de represión que atacaban a los eslabones más débiles, a los que se llama «perejiles»», explicó, en referencia a los consumidores de estupefacientes y en directa crítica a la estrategia global de «guerra a las drogas» cuya autoría adjudicó a la administración de Richard Nixon en los Estados Unidos.

    EN LA CALLE , NO

    El ex jefe de Gabinete aclaró que la despenalización para la tenencia se restringe al ámbito domiciliario de cada individuo. «Un acto (consumir) en la calle no es un acto privado», aseguró.

    Además de la despenalización, el proyecto condena la apología del uso público de drogas con condenas que van de los 6 meses a 3 años, agravando la escala de uno a cuatro años de prisión cuando el delito sea cometido en medios de comunicación. También exime la pena, o la reduce a la mitad del mínimo, a quienes colaboren en la detención de un cabecilla de una organización de narcotraficantes.

    Las diferencias

    ACTUAL

    Prohibición. Se castiga la adquisición y tenencia de estupefacientes (sin hacer diferencia entre distintas clases de sustancias ilegales), aunque al considerarse por su cantidad como droga de consumo personal la pena es de un mes a dos años de prisión.

    Cultivos. Se pena la posesión de plantas de marihuana; en caso de establecerse que las mismas son para abastecer el consumo personal el castigo va de un mes a dos años.

    Traficantes. El organizador de una red de narcotráfico recibe penas que van de los ocho a los 20 años.

    Vía pública. Pena de dos a seis años de prisión para el consumo con ostentación.

    EL PROYECTO

    Despenalización. No será punible la adquisición y tenencia de estupefacientes (no se hace diferencia entre distintas clases de sustancias ilegales) cuando por su cantidad se considere de consumo personal. No se fija la medida de la dosis personal aceptada.

    Cultivos. No tendrá penas la posesión de plantas de marihuana si se establece que las mismas son para abastecer el consumo personal.

    Traficantes. El organizador de una red de nar-cotráfico recibirá penas que van de los 8 a los 25 años.

    Vía pública. Pena de seis meses a tres años de prisión el consumo con ostentación.

    Fuente: La Nación

     

     

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