En la última Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante se trató una ordenanza referida a la ética en el ejercicio de la función municipal. Dicha ordenanza fue presentada por el bloque del GEN – FAP y sometida a votación siendo rechazada por el resto de los bloques que componen el HCD.
La ética, por definición, es una rama de la filosofía que se relaciona con el estudio de la moral. Transpolada a la política, cuando se emiten sentencias éticas de tal o cual político, se está valorando moralmente su actuación y comportamiento. Por si misma la ética no es punitiva desde el punto de vista jurídico, pero si permite calificar tales actos como buenos, malos, correctos o incorrectos, por lo que promueve la autorregulación.
¿Qué pretenden o pretendieron los señores ediles con la presentación de dicha ordenanza?. Si como dijo el concejal Perelló (GEN), uno de los firmantes de la misma, es «transparentar todo el quehacer de la administración municipal», considerando «como uno de los puntos más interesantes una exhaustiva presentación de las declaraciones juradas de los funcionarios», la ética allí tendría muy poco que ver, dado que para acceder a lo que el concejal y el resto de los firmantes pretenden, existen otras normas ya dictadas que tienen que ver con el control de los deberes del funcionario público, y en el caso de las declaraciones juradas de los funcionarios se da el mismo caso.
Volviendo a las sentencias éticas, estas se encuadran más en la valoración de las personas, que en el caso de los políticos permite expresiones como «corrupto» o «impresentable», «oportunista», pero lograr que esa valoración tenga un efecto coactivo, por el cual se pueda apremiar u obligar, no es posible cuando se habla de ética.
Y en lo que concierne al análisis de la concejal presidente del HCD Ana Laffont, respecto a que la ética la juzga el pueblo, y que poco y nada tiene que ver con los bienes personales, tiene razón en esto último, y es discutible lo primero, atento a que en distintos organismos colegiados, sea de médicos, abogados, magistrados, etc. los tribunales de ética tienen como función juzgar a sus propios pares, por sobre las consideraciones que el pueblo pudiera tener sobre su comportamiento. Sería ideal que los políticos deban afrontar a sus propios tribunales de ética pública, pero ese no fue el espíritu ni el cometido de la ordenanza en cuestión. Y si así hubiera sido habría requerido un pormenorizado estudio y amplia discusión que no se dieron en este caso, cuya liviandad en su tratamiento, y el tufillo político que la rodeó, le restaron toda significación.