Las cláusulas son las siguientes:
La Comisión deja aclarado que sólo se permitirá en la Plaza San Martín de la ciudad de Carlos Casares la exposición y venta de artículos artesanales, productivos, regionales y publicitarios de localidades rurales del partido.
Quedando PROHIBIDO la reventa de cualquier tipo de mercadería que no esté declarada en el convenio firmado al pie de esta nota.
De encontrarse en los puestos algún producto que no esté autorizado por esta comisión, se procederá en primer término a solicitarle que retiren la mercadería y en segundo término si hay negación por parte del puesto, al retiro del puesto, perdiendo el canon abonado por el espacio alquilado.
EL PUESTERO DEBE:
– Exhibir en un lugar visible el comprobante que la comisión le torgara al registrarse.
– Usar los disyuntores y la llave térmica que se les solicitó
– Usar los baños químicos
– Mantener la higiene de la plaza
LA COMISIÓN OFRECE:
– Las instalaciones del Parque Municipal San Esteban para acampar por la noche y el servicio de duchas del Parque San Esteban, solicitando a la persona que lo use el mayor de los cuidados y prolijidad y limpieza.
También se deja aclarado que se brindará una seguridad general en la plaza durante los días que dure la fiesta, por lo que cada puestero es responsable de su lugar y su mercadería.