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    Home»Destacado»El Gobierno acusa al campo de no vender la cosecha
    Destacado

    El Gobierno acusa al campo de no vender la cosecha

    24/02/2014
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    SILOSCon el argumento de «simplificar la operatoria» vigente, la AFIP creó un esquema que le permitirá tener mayor control e información sobre las transacciones del sector. Rige desde el 1 de abril.

    El Gobierno, no caben dudas, tiene la plena seguridad que los productores con fines especulativos no venden su cosecha, la que tienen guardada en sus campos. Por tal razón acaba de  publicar en el Boletín Oficial una resolución a través de la cual crea un régimen de «registración sistemática de movimientos y existencia de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosas- y de legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-» que le permitirán a la AFIP tener un mayor control sobre las operaciones del sector mientras que los productores podrán intercambiar información.

     

    Se trata de un registro digital que deberá realizarse ingresando al sitio web del organismo fiscalizador (http://www.afip.gob.ar), en el servicio «CODIGO DE TRAZABILIDAD DE GRANOS – CTG», opción «Confirmación Definitiva del CTG», y suministrar allí toda la información que solicita el fisco, según corresponda.

     

    Entre otros datos, se deberá completar:

     

    -La existencia inicial de granos -a partir de la vigencia del presente régimen (el 1 de abril de 2014)- debiendo identificar por cada planta habilitada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca el grano, kilogramos y cosecha a la que pertenece.

     

    -Las existencias de granos a la hora cero del día correspondiente al día de inicio de actividades.

     

    -Ingresos o salidas correspondientes a la recepción o emisión de cartas de porte ferroviarias, Conocimientos de Embarque o remitos, o los que en el futuro los sustituyan o complementen.

     

    -Registraciones no contempladas en los incisos precedentes que correspondan a ajustes o correcciones en la registración efectuada por cada planta habilitada (incluyendo aquellos depósitos transitorios o de uso temporal, discontinuo o eventual, dependientes de ésta).

     

    La resolución pone especial énfasis en que aquellos productores que incumplan con el nuevo régimen o en los que la AFIP detecte «inconsistencias» serán sancionados.

     

    Además, señala que con motivo de verificaciones o fiscalizaciones, en base a parámetros objetivos de medición, el organismo que conduce Ricardo Echegaray «podrá modificar las existencias de granos por cada planta habilitada y campaña involucrada de acuerdo con la información suministrada, o cuando la misma no responda a la realidad económica del responsable».

     

    El procedimiento de registración sistémica prevista por esta resolución general, añade, «podrá ser objeto de adecuaciones cuando se adviertan necesidades operativas o funcionales que así lo requieran».

     

    A la hora de fundamentar la decisión, el fisco sostuvo que «se hace necesario simplificar la operatoria de registración de movimientos físicos de granos» vigente así como «consolidar la captación de dicha información a los efectos de agilizar su utilización» para «adecuarla a los avances que incorporan los operadores, tanto en lo que se refiere a los sistemas de comercialización como al manejo físico de los granos y el consiguiente reflejo tributario, que redundarán en una economía de actividad y medios para los sujetos alcanzados y para este Organismo».

     

    En ese marco, dispuso que los procedimientos vigentes para documentar el traslado de granos «deben reflejarse en un registro de existencias de granos que permita un adecuado seguimiento y control de las operaciones involucradas, para aquellos operadores de granos con planta habilitada por la autoridad de aplicación».

     

     

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