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    Home»Destacado»¿Se durmió la oposición?
    Destacado

    ¿Se durmió la oposición?

    03/03/2014
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    La justicia puso fin al reclamo judicial iniciado oportunamente por miembros del HCD de la oposición y algunos empleados municipales (Edgardo Fabián Perelló, Héctor Rubén Miró, Gustavo Ricardo Utrera, Gustavo Aníbal Campione, Miriam Beatriz Foglia, Ana Delia Beraza, Néstor Omar Mancinelli, Lidia Elena Abejera y Osvaldo Berntz). La causa fue caratulada PERELLO EDGARDO FABIAN Y OTROS C/ INTENDENTE MUNICIPAL DE CARLOS CASARES S/ PRETENSIÓN DE CESACIÓN DE VÍA DE HECHO ADMINISTRATIVA.

    El reclamo se hizo contra la decisión del poder ejecutivo de posponer el pago del aumento salarial por motivos presupuestarios, aduciendo que básicamente no había dinero para afrontarlo en tiempo y forma. El abogado patrocinante de los actores es el Dr. José Andrés Aguirrezabala, Asesor del Senador Omar Foglia.

    Según el informe enviado por el municipio, el juicio se pierde por negligencia o desinterés de los actores, al no impulsar el expediente judicial en los plazos legales establecidos y ante ello, el Juez declaró operada la caducidad de instancia, es decir, la pérdida del derecho por el transcurso del tiempo, conforme fue solicitada por los abogados de la Asesoría Letrada Municipal Juliana Cuesta y quien suscribe.

    En una palabra, o se durmieron, o de lo contrario perdieron el interés político para seguir la demanda.

    En el fallo el Juez Contencioso Administrativo, Dr. Pablo C. Germain resolvió declarar operada la caducidad de la instancia, por entender que: “la parte que inicia un proceso asume la carga de urgir su desarrollo y desenvolvimiento. La inactividad procesal durante el transcurso de determinados plazos legales configura un modo anormal de extinción de la acción denominado caducidad o perención de la instancia. Desde el punto de vista subjetivo, el fundamento de la institución estriba en la presunción de abandono configurado por el hecho de la inactividad procesal prolongada y desde el punto de vista objetivo en la necesidad de evitar la duración indeterminada de los procesos judiciales”.

     

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