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    Home»Destacado»EL DEFENSOR DEL PUEBLO, UN DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
    Destacado

    EL DEFENSOR DEL PUEBLO, UN DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

    26/06/2014
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    El Concejal Sergio Carciofi, autor del proyecto, nos refiere

    características, alcances y funciones del Defensor del Pueblo.

    En las Comisiones del H. Concejo Deliberante se encuentra desde hace un tiempo, para su estudio y resolución, un Proyecto presentado por el Bloque del Frente para la Victoria y PJ, referido a la creación del Defensor del Pueblo en nuestra comunidad. Conversamos al respecto con su mentor, el Concejal Dr. Sergio Carciofi, quien responde a nuestras inquietudes de la siguiente manera:

     

    -¿Qué Características tiene el Defensor del Pueblo?

    El Defensor del Pueblo es una institución consagrada por el artículo 86 de la Constitución Nacional y por el artículo 55 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires; tiene autonomía administrativa y política. No recibe instrucciones de ninguna autoridad.

    Su función es proteger, defender y promover los derechos e intereses individuales y/o colectivos tutelados por la Constitución.

    Lo importante es que nuestra comunidad tendrá la posibilidad de contar con una institución legitimada para representar a los vecinos frente a actos, hechos u omisiones de la administración pública, como pueden ser errores en la aplicación de las multas de tránsito, estado de calles y rutas, deficiencias en el servicio de salud, cuestiones de contaminación del medio ambiente; de prestadores de servicios públicos en temas tales como son los casos de sobrefactura-ción del servicio de agua, luz y gas; y también de los servicios privados, como son el pésimo servicio de telefonía celular o bien en las deficiencias de bienes y servicios de consumo diario.

     

    – ¿Cuál es el alcance?

    A través del asesoramiento y la gestión de quejas, el Defensor del Pueblo colabora para resolver problemáticas referidas al ejercicio de los derechos.

    Pueden presentar una queja todas las personas que habiten o se encuentren en tránsito en el ámbito local, que se sientan afectadas por actos abu-sivos, injustos, discrimina-torios y/o irregulares, provocados por instituciones del Estado o empresas que prestan servicios públicos.

    El Defensor del Pueblo es uno de los mecanismos que tienen legitimación activa para peticionar en representación de un grupo. En nuestra comunidad, si un grupo de vecinos afectados por el mismo problema quiere peticionar ante la justicia, por ejemplo, tiene que recurrir a un abogado, con los costos que ello implica. Con el Defensor del Pueblo tendrán una opción gratuita y muy efectiva, porque también el Defensor del Pueblo cumple una tarea preventiva y conciliadora, que contribuye a evitar problemáticas colectivas.

     

    – ¿Cómo se integra?

    La institución del Defensor del Pueblo es unipersonal. En el proyecto se establece la designación de un titular y un auxiliar. No se requiere especialidad alguna, pero si el titular no es abogado, sí deberá ser abogado el auxiliar. Por otra parte el Defensor del Pueblo deberá darse su propio reglamento administrativo.

     

    – ¿Cómo se solventa?

    El Defensor del Pueblo contará con los recursos que provendrán de las partidas que la ordenanza del Presupuesto Municipal asigne al Honorable Concejo Deliberante. La idea es que se ajuste a un presupuesto que guarde razonabilidad con la capacidad de nuestro municipio y, también, a los límites que impone la reglamentación vigente en la materia.

    – ¿A quién rinde cuenta?

    Como dije, el Defensor del Pueblo no recibe instrucciones de ninguna autoridad y sus actuaciones no están sujetas a formalidad alguna. Sin embargo podrá ser citado por el Honorable Concejo Deliberante para brindar informes a las comisiones.

     

    – ¿Qué aportará a nuestra comunidad?

    Aportará a nuestra comunidad algo que hoy no existe: la posibilidad de que el vecino pueda reclamar, presentar sus quejas y hacer valer sus derechos, de manera gratuita y sin formalidades, ante un organismo que puede darle una solución efectiva al problema o, al menos, evitar que problemas derivados del mal servicio público o de actos de la administración pública que atentan contra sus derechos, se agraven y que no caigan en saco roto y puedan tener vías de soluciones concretas.

    Es muy importante resaltar que el Defensor del Pueblo tiene legitimación procesal amplia para actuar en juicios y reclamar ante las autoridades.

     

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