El Departamento Ejecutivo del municipio vetó la ordenanza de «Memo» Gemelli
Por considerar que lo prescrito en dicha ordenanza excede las Facultades o atribuciones que le
corresponden al Departamento Ejecutivo.
Todo indicaba que la ordenanza que fuera sancionada por el Departamento Legislativo que modifica e incorpora artículos en el Reglamento Interno del Concejo Deliberante, iba a ser vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Y así lo expresa el decreto de veto en su CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades claramente manifiesta en su art. 75 que cada Concejo dictará su reglamento interno estableciendo el orden de sus sesiones y trabajo, el servicio de las comisiones, las atribuciones de los presidentes y las disposiciones concernientes al régimen de sus oficinas, por lo que ello es una atribución propia e indelegable del Departamento Deliberativo, donde el Departamento Ejecutivo no puede intervenir.
Que, asimismo la L.O.M. discrimina los tipos de actos o disposiciones que puede dictar el Concejo, debiendo adoptar el formato de «decretos» aquellas relativas a la composición u organización interna del Concejo y en general, toda disposición de carácter imperativo (art. 77;
en consonancia con el apartado anterior el mismo reglamento interno del Concejo así lo dictamina en el Capítulo VIII, art. 86, explicando minuciosamente el procedimiento de su propia reforma a lo largo de su texto;
Que en este orden de ideas, lo prescrito en dicha ordenanza excede las facultades o atribuciones que le corresponden al Departamento Ejecutivo;
Que de conformidad con lo establecido por el art. 108, inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las ordenanzas;
POR ELLO:
El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º Vétase la ordenanza que pretende introducir modificaciones en el reglamento interno del Concejo, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 11 de octubre de 2018, conforme los vistos y considerandos del presente decreto.
ARTÍCULO 2º De forma.