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    Home»Destacado»Cloacas en Carlos Casares
    Destacado

    Cloacas en Carlos Casares

    24/02/2014
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    Resulta tarea y misión de esta Comisión informar a las autoridades políticas y judiciales, a la empresa ABSA responsable del servicio de agua y saneamiento, como a la sociedad en general, los siguientes puntos:

    1) Desde 1998 Carlos Casares NO cuenta con una Planta Depuradora de Efluentes cloacales en funcionamiento.

    2) La red cloacal existente colapsa con las grandes lluvias, posee averías y roturas, todo lo cual se manifiesta en 23 puntos de rebalse en la ciudad, donde emergen residuos cloacales catalogados por ley como residuos peligrosos.

    3) Los residuos cloacales que no rebalsan en los distintos puntos de la ciudad son conducidos, -sin ningún tipo de tratamiento-, a un canal lindante con la calle Buenos Aires para luego terminar en una laguna cercana a La Dorita, afectando los derechos de los ciudadanos y el medio ambiente de la zona.

    A) Características y propiedades de los residuos cloacales

    Con fecha 13 de Noviembre de 2013 esta Comisión denunció penalmente a la empresa ABSA por arrojar ilícitamente los lodos de arsénico extraídos del proceso de tratamiento de la Planta de Abatimiento ubicada en ruta 5 a la red cloacal. Incumpliendo con la normativa vigente que obliga a manipularlos en forma sólida enviándolos a una planta de tratamiento y disposición final.

    Entre las características perceptibles, el color varía desde un gris a negro, color que toma por la presencia de microorganismos anaerobios. Este aspecto es el que predomina en todos los derrames observados, excepto el que ocurre en la intersección de las calles Bolivia -Buenos Aires y Bolivia – Lisandro de la Torre cuyo color es rojo intenso debido a que la planta de abatimiento de arsénico de la empresa ABSA, ubicada en Ruta 5 y Bolivia, utilizaría sales de hierro  para extraer arsénico del agua y vuelca el agua de rechazo de este proceso,(CON ALTOS CONTENIDOS DE ARSÉNICO) en la red cloacal.

    Los olores que emanan estas aguas son debidos a gases que se producen durante la descomposición de la materia orgánica. Este olor es muy desagradable y puede generar problemas respiratorios, crear perturbaciones mentales, nauseas y vómitos y reducir el apetito. Algunos de los compuestos responsables de este olor son: diaminas (olor a carne descompuesta), escatol (materia fecal), amoniaco, aminas (olor a pescado), sulfuros orgánicos (olor a coles podridas), sulfuro de hidrógeno (olor a huevos podridos).

    Las aguas residuales están compuestas por aguas de uso doméstico, aguas que transportan materia fecal, orines; aguas provenientes de actividades industriales que no han recibido ningún pre tratamiento,

     

    B) LOS PUNTOS DE REBALSE EN LA CIUDAD:

    Datos obtenidos desde el 20 de diciembre del 2013 al 6 de febrero del 2014. Se acompaña con un croquis de la ciudad de Carlos Casares donde se referencian los desbordes mencionados.

    Desborde 1: Intersección de calles Balcarce y Cecilia Borja.

    Desborde 2: Intersección de calles H.irigoyen y Schapira.

    Desborde 3: Intersección de calles H. Irigoyen y Corrientes.

    Desborde 4: Intersección de las calles Sarratea y Las Heras.

    Desborde 5: Intersección de las calles Rondeau y J.M.Paz .

    Desborde 6: Intersección de calles Las Heras y Güemes.

    Desborde 7: Las Heras casi esquina Sarmiento.

    Desborde 8: Intersección de calles Galcerán y Sarmiento.

    Desborde 9: Intersección de calles San Juan y Carlos Arroyo.

    Desborde 10: Barrio Mercante entre calles Rio Gallegos y Viedma.

    Desborde 11: Intersección de calles Galcerán y Belgrano.

    Desborde 12: Intersección de calles Jujuy y J.S.Seijo.

    Desborde 13: Intersección de calles Catamarca y J.S.Seijo.

    Desborde 14: Intersección de calles Catamarca y La Pampa.

    Desborde 15: Intersección de calles Jujuy y acceso Espil.

    Desborde 16: Intersección de calles Catamarca y acceso Espil.

    Desborde 17: Barrio Carlos Arroyo.

    Desborde 18: Intersección de calles Lisandro de la Torre y Bolivia

    Desborde 19: Intersección de calles Buenos Aires y Bolivia

    Desborde 20: Intersección de calles Brandsen y Córdoba.

    Desborde 21: Intersección de calles Rodríguez Peña y Paserini.

    Desborde 22: Alvarado 169 entre Avda. Maya y Dorrego.

    Desborde 23: Hipólito Irigoyen 357 y 363.

    C) DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

    Los rebalses indicados y la deficiente prestación del servicio vulneran derechos de los ciudadanos, entre ellos: el Derecho humano al agua, al saneamiento, a la salud, al ambiente sano y a una vivienda digna.

    El artículo 48.3 del Reglamento del Usuario vigente, que establece las obligaciones del prestador con respecto al usuario dice “Operar, limpiar, reparar, reemplazar y extender el Sistema de DESAGUES Cloacales, en tal forma de evitar el riesgo de inundaciones de calzadas medidas en términos de número de inmuebles o áreas afectadas por inundaciones originados en desbordes Cloacales. Cualquier derrame de EFLUENTES crudos a la vía pública o inmuebles de la propiedad privada, deberá ser atendida dentro de las veinticuatro (24) horas de denunciado el hecho”

    CONCLUSIONES

    Los emergentes de cloacas en la vía pública y en domicilios particulares son cada vez más frecuentes, lo que nos hace suponer que la empresa no controla dicho servicio, y que no existe ningún plan de contingencia.

    La empresa solo dispone de un camión especializado para la limpieza de cloacas que responde al llamado de 10 o 12 ciudades de la región; por lo tanto su asistencia deviene fortuita.

    La inexistencia de una Planta Depuradora de Residuos cloacales, los altos índices de Coliformes y DBO acreditados en el expediente conexo y los derrames de lodos arsenicales por parte de ABSA a la red cloacal, derivan en una situación de peligro concreto para la salud de los ciudadanos, conculcando sus derechos, agrediendo el ecosistema y el medio ambiente de la zona.

    Este destrato al usuario y al ambiente por parte de ABSA constituye una clara violación a los derechos humanos fundamentales, en particular al Derecho Humano al Agua (que incluye el saneamiento), el derecho a un ambiente sano, a la salud, y el derecho a una vivienda digna, entre otros.

    Comisión Fiscalizadora de la Calidad del Agua de Carlos Casares.

    Sergio Raúl Andreoli, abogado.

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