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    Home»Destacado»SE PONE EN MARCHA EL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE TRENQUE LAUQUEN
    Destacado

    SE PONE EN MARCHA EL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE TRENQUE LAUQUEN

    26/06/2020
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    DESDE EL PRÓXIMO MIÉRCOLES, 1º DE JULIO, POR RESOLUCIÓN DE LA SCBA

    La Cabecera Departamental Trenque Lauquen es una de las primeras en las que se

    restablece el Servicio de Justicia

    Los órganos judiciales y las dependencias administrativas de las cabeceras departamentales de Trenque Lauquen y de Pergamino restablecerán el servicio de justicia a partir del próximo miércoles 1º de julio, según la Resolución nº 655/20 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

    El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen (CADJTL) y los otros 19 colegios departamentales vienen realizando mediante el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (ColProBA) intensas gestiones en los distintos niveles y reclamando el restablecimiento del servicio de justicia desde el 16 de marzo pasado, sin apartarse del cumplimiento de los protocolos sanitarios necesarios por la pandemia de Covid-19 y sin poner en riesgo la salud de funcionarios, trabajadores judiciales, abogados y público en general.

    La SCBA fundamenta que habilita el restablecimiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales Trenque Lauquen y Pergamino, por: 

    1. a) Hallarse dentro de uno de los Partidos alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, y cumplir los requisitos fijados en función de los parámetros epidemiológicos y sanitarios.
    2. b) Contar con protocolo aprobado para el ejercicio de la abogacía en el Municipio o a nivel provincial.
    3. c) Ajustarse a las decisiones sanitarias establecidas por las autoridades nacionales y provinciales competentes en la materia.
    4. d) Observar las reglas de funcionamiento operativas que se establezcan en torno a cómo administrar la labor jurisdiccional, en consonancia con las recomendaciones en materia de seguridad e higiene.
    5. e) Cumplir con las directrices fijadas en el Protocolo general de Actuación para la prevención y seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia aprobado por \t «_blank» Resolución SPL nº 5/20.
    6. f) Respetar las observaciones y ajustes que se propongan desde las autoridades competentes, en razón del monitoreo y fiscalizaciones que se realicen.

     

     

     

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