A fin de no incurrir en un acto que signifique no respetar la voluntad de los donantes del terreno aledaño al hospital municipal que la comuna pretende vender para realizar con su producto obras en el ámbito del citado nosocomio, es que el Departamento Ejecutivo realizó una consulta ante la Asesoría General de Gobierno de la provincia, cuya respuesta fue la siguiente:
Sr. Intendente Municipal
Partido de Carlos Casares
Esc. Walter S. Torchio
SU DESPACHO
Por lo tanto, y en la medida que no hubiera habido constitución en mora para el cumplimiento de la cláusula contractual que obliga a asignar al bien una finalidad determinada, la ordenanza proyectada no merece observaciones.
Más allá de ello, considerando losfines tenidos en cuenta por el donante, así como el destino que se imprimirá al producto de la venta del inmueble, que de alguna manera respeta la voluntad plasmada en el instrumento, se recomienda que cumplimentada la ordenanza se abra una cuenta específica para depositar los fondos que se asignarán a las ampliaciones, reparaciones y construcciones del hospital.
Saludo a usted atentamente
Dr. SAUL JULIAN ARCURI
Asesor General de Gobierno
Provincia de Buenos Aires